La herencia puede reducir la pensión compensatoria.
El CENDOJ publica una sentencia estimatoria de Lara Viña Herbón sobre modificación de pensión compensatoria por percibo de herencia.
Para los ajenos a las siglas, el CENDOJ es el Centro de Documentación Judicial del Consejo General del Poder Judicial.
En el se publican las sentencias
más relevantes del Tribunal Supremo.
También las de las Audiencias Provinciales.
En este particular la sentencia publicada trata
sobre modificación de pensión compensatoria por percibo de herencia.
El percibo de una herencia puede producir la extinción o modificación de una pensión compensatoria.
Ello es así porque supone mejora de fortuna de la beneficiaria.
Lo anterior le fue estimado a la letrada de Gijón, Lara Viña Herbón, por la Sala de la Audiencia Provincial de Asturias, Sección 7ª.
La sentencia fue dictada con fecha 17 de Octubre de 2019.
Puede pinchar el siguiente enlace para acceder al texto de la sentencia:
poderjudicial.es/search/AN/openDocument/85ae712541eef396/20200131
En dicho procedimiento se probó que la vivienda adquirida por herencia mejoraba las circunstancias económicas de la perceptora de la pensión.
Esto se entiende como una modificación sustancial de las circunstancias tenidas en cuenta en el divorcio.
Sobre este último aspecto, la letrada Lara Viña Herbón se basó en jurisprudencia del Tribunal Supremo y en su doctrina casacional.
En particular en la sentencia de 17 de marzo de 2014 que interpreta los artículos 100 y 101 del Código Civil.
En ella se establece que:
El hecho de recibir una herencia es una circunstancia en principio no previsible, sino sobrevenida.
Que es susceptible de incidir favorablemente en la situación económica del beneficiario o acreedor de la pensión.
Y como tal determinante de su modificación o extinción.
En la sentencia estimatoria además se pondera la incidencia de la jubilación como factor de pérdida de poder adquisitivo del pagador.
Lo que también es un hecho susceptible de modificar la pensión compensatoria y reducir su importe.