¿Testamento o declaración de herederos? ¿Qué es más beneficioso?
El testamento es sin duda más ventajoso, nos permite decidir qué hacer con nuestro patrimonio cuando no estemos.
Hacer testamento evita precisamente que a nuestro fallecimiento los herederos tengan que acudir a la declaración de herederos.
El coste económico del testamento es más reducido que el de la declaración de herederos.
Además, en la declaración de herederos no se elige, los herederos son declarados conforme a ley.
Con el testamento podemos entre otras cosas:
Repartir nuestros bienes por partes iguales.
O por el contrario, hacer mejoras o legados de bienes concretos a favor de una o varias personas.
Mejorar al cónyuge para que pueda usufructar (disfrutar) de todos nuestros bienes mientras viva.
Reducir a algún heredero forzoso para dejarle lo menos posible.
Incluso, dependiendo del caso concreto, desheredarlo.
Hacer lotes de bienes y distribuirlos.
Nombrar albaceas que faciliten la adjudicación futura de nuestros bienes y derechos.
Y, todo ello sin que nos impida disponer de nuestro patrimonio mientras vivamos.
Pero eso sí, debe de estar bien redactado para que recoja fielmente la voluntad del otorgante.
Para ello debe contar con el apoyo de un especialista en la materia.
Un experto en herencias le informará de los límites que impone la ley a la hora de realizarlo, y lo dotará de la redacción clara que necesita.
Si la persona fallece sin otorgar testamento será necesaria e inevitable la declaración de herederos para poder adjudicar la herencia.
Eso requerirá la justificación documental del último domicilio del causante y de la relación de parentesco de los herederos con el fallecido.
Será también necesaria la declaración de dos testigos.
El notario competente recogerá todo ello en un acta y efectuará las publicaciones que prevé la ley.
Veinte días hábiles después otorgará el acta de declaración de herederos que será el título previo necesario que permita adjudicar la herencia.
Acuda a un especialista en la materia. Pida una cita para informarse.
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